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REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN
Podrán ser afiliados a la Cámara de Comercio de Barrancabermeja, las personas naturales y jurídicas que cumplas los siguientes requisitos:
arrow Así lo soliciten.
arrow Tengan como mínimo (2) dos años consecutivos de matriculados en cualquier Cámara de Comercio.
arrow Hayan ejercido durante este tiempo su actividad mercantil.
arrow Hayan cumplido sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna anual.
arrow Tener inscritos los libros de comercio sobre los cuales la ley exija esa formalidad.
arrow Pagar entre el 1° de enero y el 31 de marzo del año correspondiente, el valor de la cuota anual de afiliación que fije la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja.
La admisión de afiliados será resuelta por el Comité de Afiliación de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja, previa verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en las leyes vigentes, en los Estatutos de la Entidad y en el Reglamento Interno de Afiliados. (Ley 1727 de 2014, artículo 17).
Quien ostente la calidad de representante legal de la persona jurídica deberá cumplir los mismos requisitos previstos para los afiliados, salvo el de ser comerciante.
"SI CUMPLE CON LOS REQUISISTOS MENCIONADOS SOLICITE SU FORMULARIO DE AFILIACIÓN"