PETICIONES Y SUGERENCIAS

Con el propósito de mejorar nuestros servicios y atención al público, le invitamos a que nos haga saber sus comentarios diligenciando el presente formulario. Por favor tenga presente que los datos marcados con (*) son obligatorios, permitiéndonos posterior comunicación para darle a conocer las acciones desarrolladas en atención a su solicitud.

En estos canales puedes realizar el seguimiento de las peticiones, quejas, reclamos o felicitaciones que radicaste y que serán respondidos por la Cámara de Comercio, de acuerdo con los términos de ley correspondientes en cada caso.

Estos canales son:

  • Atención presencial que podrá ser por modalidad escrita mediante formato F-SC-008 radicado en Ventanilla Única de Correspondencia o en Buzón de Sugerencias; modalidad verbal ante funcionario de Ventanilla Única de Correspondencia.

  • Atención virtual a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a través de la página web http://www.ccbarranca.org.co/ccbar/contactenos/pqrsyf

  • Atención por modalidad telefónica a través del PBX +57-76007110 Opción 201 o Mensaje de voz al número +57-7-3132933998.

 

Required*


Según lo contemplado en la Ley 1755 de 2015 en lo dispuesto en el Articulo 17. Peticiones incompletas y desistimiento tácito.En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta o que el peticionario deba realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, y que la actuación pueda continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos, se reactivará el término para resolver la petición. Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual.  Vencidos los términos establecidos en este artículo, sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, la autoridad decretará el desistimiento y el archivo del expediente, mediante acto administrativo motivado, que se notificará personalmente, contra el cual únicamente procede recurso de reposición, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales.

La Cámara de Comercio de Barrancabermeja advierte que utiliza datos públicos, que son protegidos y tratados en el presente formulario. Se le comunicó al usuario que en virtud de lo dispuesto en la ley 1581 de 2012, hará el tratamiento de la información aquí suministrada  garantizando las condiciones de seguridad, confiabilidad y el cumplimiento de las funciones legales y de conformidad con la solicitud de registro a esta Cámara de Comercio.

SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

La Cámara de Comercio de Barrancabermeja ha adoptado las medidas tecnológicas, jurídicas y procedimentales posibles y necesarias para la protección de sus datos personales, con el fin de garantizar los atributos de autenticidad, integridad y disponibilidad de la información. Para mayor información sobre el tratamiento de sus datos personales podrá consultar en el portal web de la cámara de Comercio www.ccbarranca.org.co, sección Ley de Transparencia, el Manual de Tratamiento de Datos Personales de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja, Documento de Seguridad y aviso de privacidad.

Enlace directo: Ver Manual de Tratamiento de Datos Personales


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Horario de Atención al Público
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Lunes a Viernes
8:00 a.m. - 12:00 m.

2:00 p.m. - 6:00 p.m.

 

El día sábado no se tiene en cuenta como día hábil para el conteo de términos de acuerdo a nuestra organización administrativa.

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